INVERTIR EN LA COSTA DORADA.
- valerie canado

- 17 mar
- 3 Min. de lectura
Aunque lo más común es asociar una casa en la playa con vacaciones, sol, mar, tomar el sol al borde de la piscina, ir al restaurante,... no hay que olvidar que las ciudades costeras en España se han posicionado como las más rentables para invertir, con rendimientos que oscilan entre el 5% y el 7%.
Existen diferentes formas de sacar el máximo provecho de tu segunda residencia. Todo ello para cubrir los gastos generados por la casa, amortizar una parte de la hipoteca o incluso ganar dinero extra.

I. ALQUILER TURÍSTICO.
Puedes alquilar tu propiedad por semana durante ciertos meses del año. De media, una villa de 3 habitaciones con piscina privada puede generar entre 15.000 € y 20.000 € por temporada. Factores como la capacidad de camas, la proximidad al mar, y tener aire acondicionado, por ejemplo, pueden influir en el precio, pero sobre todo en la duración del alquiler durante la temporada turística. Finalmente, al igual que con la venta, tener una bonita decoración y hacer buenas fotos garantiza el éxito.
Para ello, es mejor recurrir a una agencia de alquiler que se encargue de la publicidad, las entradas y salidas, la limpieza, los pequeños incidentes, responder a las solicitudes de los inquilinos, las declaraciones, etc. Esta agencia tomará entre el 20% y el 30% del importe de los alquileres.
La ventaja de este tipo de alquiler es que puedes seguir disfrutando de tu pequeño rincón del paraíso fuera de temporada y no tienes que ocuparte de nada. ¡Pero atención, algunas ciudades de Cataluña ya no conceden licencias turísticas, te invito a leer mi otro post sobre este tema!

II. ALQUILER ANUAL.
También puedes alquilar tu propiedad por todo el año. Cierto es que ganarás menos dinero que con el alquiler vacacional, pero tendrás la mente más tranquila, con una entrada de dinero y gastos fijos todos los meses. Además, a menos que compres una propiedad en una gran ciudad donde el mercado de alquiler está regulado por la ley de septiembre de 2020*, ¡puedes pedir el precio que desees!
Por ejemplo, en una pequeña ciudad de la provincia de la Costa Dorada, en junio de 2021, las propiedades residenciales en alquiler tenían un precio medio de 6,73 € por mes y por metro cuadrado, lo que equivale a unos 400 €/mes por un apartamento de 60 m², y 874 €/mes por una villa de 130 m².
Puedes alquilar tu propiedad por ti mismo o recurrir a una agencia que tomará su comisión, normalmente 1 mes de alquiler (pagado por el inquilino), y podrás pedir hasta 2 meses de fianza.
*La regulación de los precios de alquiler afecta a las zonas donde los precios han subido más del 20% entre 2014 y 2019, donde el mercado de alquiler está muy tensionado, como en Barcelona o en ciudades de más de 20.000 habitantes. La Generalitat establece un precio máximo al que se puede alquilar la propiedad.

III. ALQUILER DE CORTA DURACIÓN.
Un contrato de corta duración en Cataluña se refiere a un contrato de alquiler temporal, destinado a satisfacer una necesidad de alojamiento por un período determinado. Este tipo de contrato no está destinado a ser una residencia habitual o permanente del inquilino, sino más bien para un período específico, como para vacaciones, estudios, trabajo temporal u otras actividades limitadas en el tiempo.
IV. ALQUILER DE UNA PARTE DE LA PROPIEDAD O DE HABITACIONES.
PARA DECLARAR LOS INGRESOS DE ALQUILER: La declaración se realiza con el formulario 210, donde se pueden agrupar todos los inquilinos por trimestre indicando el código 35 para el alquiler vacacional y 01 para el alquiler a largo plazo si los ingresos corresponden al mismo pagador. La fecha límite de presentación y pago son los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero con respecto a los ingresos del trimestre anterior. Para los residentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega, la tasa impositiva es del 19% y pueden deducir los gastos proporcionalmente al período de alquiler: impuesto sobre la propiedad, basura, gastos de comunidad, reparaciones, seguros, internet, etc.
Para los residentes fuera de la Unión Europea, Islandia o Noruega, la tasa impositiva es del 24% y no pueden deducir los gastos.
EJEMPLO: Tomamos el caso del Sr. Martin, francés, no residente. Ha decidido poner su villa en alquiler.
La alquiló por 18.000 € desde principios de julio hasta finales de septiembre de 2020.
Todos los gastos que tuvo durante este período de alquiler fueron de 1.200 €.
Base imponible: 18.000 – 1.200 = 16.800
Tasa impositiva: 19%
Monto a pagar: 19% de 16.800 = 3.192 €
Del 1 al 20 de octubre de 2020, el Sr. Martin habrá presentado el formulario 210 y deberá haber pagado 3.192 € por su temporada de alquiler
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